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14 enero 2019

Nueva causa de nulidad en el expediente del Centro Cívico.


El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 5 de 9 de enero de 2019, en su página 76, publica en el apartado de otras disposiciones la Resolución de 2 de enero de 2019 de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud por la que se delegan competencias en la dirección del Distrito Sanitario Condado Campiña para la suscripción de Convenio de Colaboración con el Ayuntamiento de Lucena del Puerto para la cesión de un inmueble como centro de Atención Primaria.



Y ya se han dado prisas  tanto el señor Alcalde de Lucena del Puerto como la dirección del SAS para delegar las funciones para quitarnos en Centro Cívico, inaudito en una administración que en doce años no ha movido ni un ápice para construir el nuevo Centro de Salud. Pero claro las prisas son malas consejeras, y  tanto una como la otra administración acumulan una nueva causa de nulidad del expediente, puesto que una administración en funciones no puede tomar acuerdos ejecutivos sin causa o motivación de su urgencia, razones que no proceden, ni en el expediente, ni en la firma del convenio, y por lo cual será recurrido en la demanda que se prepara en estos momentos y por la que se solicita la nulidad de todas las actuaciones.
Recordemos que la demanda, que de seguro no va a gustar al señor Alcalde, se realiza por vulneración de derechos fundamentales ya que el expediente no cumple ni con los más mínimos requisitos legales de convocatoria. El grupo municipal de IPLUC solicitará ante el juzgado la SUSPENSIÓN CAUTELAR DEL ACUERDO, dado que no es posible la reparación de las consecuencias derivadas de sus actuaciones.

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